MEMORIA DE CONSTITUCIÓN

Extracto de la Memoria del Semestre Inicial de Operaciones Julio-Diciembre 1946 del Banco de Guatemala. Banco de Guatemala memoria del semestre inicial de operaciones julio diciembre 1946 aprobado por la junta monetaria en su sesión del 25 de mayo de 1948 Guatemala, c. a. imprenta universitaria, Primera Edición en mimeógrafo 1947. Primera publicación impresa 1949.

Nombramiento y Organización.
Está previsto en la Ley Orgánica del Banco de Guatemala que el nombramiento del Intendente de Bancos debe provenir de una terna que la Junta Monetaria proponga al Tribunal y Contraloría de Cuentas.  En una de las primeras sesiones que celebró la Junta después de entrar definitivamente en funciones, se acordó la terna de referencia.
El nombramiento recayó en el señor Joaquín Prieto Barrios, elemento que antes formara parte del Departamento Monetario y Bancario del Ministerio de Economía y Trabajo y quien oportunamente fue escogido para ser enviado por el propio Ministerio a la República de Colombia con el fin de que hiciera estudios y prácticas en la Superintendencia de Bancos de aquel país.
En sesión del 5 de agosto de 1946 fué comunicado a la Junta Monetaria el nombramiento de Superintendente de Bancos recaído en el mencionado señor Prieto Barrios. La Junta Monetaria tuvo a bien aprobar en sus sesiones del 19 y 28 de agosto de 1946, el plan de funcionamiento de la Superintendencia de Bancos, incluso la plana de personal y presupuesto de entradas y de gastos.

Superintendencia Propiamente Dicha: Es la oficina de primera jerarquía, en la cual se ejerce la orientación y supervigilancia de todas las funciones subalternas de la entidad.

Sección de Auditoría: Encargada de practicar las inspecciones a que hace referencia el inciso f del artículo 44 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala.

Sección de Estadística: Destinada a elaborar todos los datos, en formas adecuadas y de rigurosa exactitud, para presentar una estadística completa, que permita controlar las operaciones realizadas por los bancos del sistema y que constituya una eficaz referencia para estudios monetarios y bancarios.

Secretaria y Archivo General: Órgano de comunicación entre la Superintendencia y las otras secciones, obligado a atender las gestiones de los bancos y del público en general. Llevará un registro de la correspondencia y atenderá la labor administrativa interna, inherente a la Secretaría, y tendrá a su cargo los archivos confidenciales de la entidad.

Sección Jurídica: A cargo de un Abogado, tendrá como función específica producir opinión de carácter técnico-jurídico en todos aquellos asuntos que se le sometan a consulta.

Posteriormente y para satisfacer una notoria necesidad en el Banco de Guatemala, la Superintendencia de Bancos propuso la ampliación del personal de Auditores con una plaza más destinada a atender la auditoría.

Las labores de la Superintendencia de Bancos tuvieron formal principio el 2 de septiembre de 1946. Debido a gestiones del propio Superintendente, el personal del Departamento Monetario y Bancario del Ministerio de Economía y Trabajo asumió durante los primeros días, que para la Superintendencia fueron de instalación material, el desempeño de las atribuciones que para ésta se determinan en el Capítulo IV de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, con lo que se evitó la discontinuidad del control y de la vigilancia de las operaciones bancarias durante aquel lapso transitorio.